Diferencia entre revisiones de «Secretaría de Administración General»

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Es la dependencia de la Iglesia Apostólica de la Fe en Cristo Jesús (IAFCJ)  encargada de administrar los recursos económicos, como también el trabajo de las oficinas generales y el sistema de contabilidad en particular de la asociación.
Es la dependencia de la Iglesia Apostólica de la Fe en Cristo Jesús (IAFCJ)  encargada de administrar los recursos económicos, como también el trabajo de las oficinas generales y el sistema de contabilidad en particular de la asociación.




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*Lleva el  registro de ingresos y egresos de cada uno de los fondos que se le encomienden, manejando éstos en cuentas bancarias mancomunadas, de ahorros o de cheques a nombre de la Aosciación Religiosa (A.R.), según lo determinen los acuerdos de la Mesa Directiva General.
*Lleva el  registro de ingresos y egresos de cada uno de los fondos que se le encomienden, manejando éstos en cuentas bancarias mancomunadas, de ahorros o de cheques a nombre de la Aosciación Religiosa (A.R.), según lo determinen los acuerdos de la Mesa Directiva General.
*Realiza los gastos que son autorizados por acuerdo de las Convenciones Generales, Reuniones Episcopales, Reuniones de la Mesa Directiva General de la Iglesia, o por órdenes escritas del Obispo Presidente, quien en todo caso indica con toda claridad el motivo del gasto y de qué fondo se realice. No debiendo utilizar los fondos para ningún otro fin.
*Realiza los gastos que son autorizados por acuerdo de las Convenciones Generales, Reuniones Episcopales, Reuniones de la Mesa Directiva General de la Iglesia, o por órdenes escritas del Obispo Presidente, quien en todo caso indica con toda claridad el motivo del gasto y de qué fondo se realice. No debiendo utilizar los fondos para ningún otro fin.
*Es la responsable de que se extienda recibo por todas las cantidades que lleguen a la Administración General, que se hagan las anotaciones en los libros, y los depósitos del dinero en las cuentas bancarias correspondientes.
*Es su obligación extender recibo de todas las cantidades que lleguen a la Administración General, que se hagan las anotaciones en los libros, y los depósitos del dinero en las cuentas bancarias correspondientes.
*Rinde un estado de cuentas, certificadas por un contador ante las Convenciones Generales, Reunión Episcopal anual ordinaria y un informe económico cuantas veces el Obispo Presidente se lo demanda, entregando una copia de los mismos al Secretario General para su archivo.
*Rinde un estado de cuentas, certificadas por un contador ante las Convenciones Generales, Reunión Episcopal anual ordinaria y un informe económico cuantas veces el Obispo Presidente se lo demanda, entregando una copia de los mismos al Secretario General para su archivo.
*Da curso a toda la correspondencia que competa, formando el archivo correspondiente.
*Da curso a toda la correspondencia que competa, formando el archivo correspondiente.
*Lleva un registro en el que se anota separadamente las contribuciones de cada distrito.
*Lleva un registro en el que se anota separadamente las contribuciones de cada distrito.
*El Administrador General entrega a su sucesor los fondos que haya al finalizar sus funciones según el estado de cuenta, los libros respectivos y todos los enseres pertenecientes a la Iglesia que sean para uso de la Administración General. Esta transferencia se hace ante el Obispo Presidente o una comisión nombrada por el mismo mediante inventario, haciendo constar en acta respectiva lo que entrega, juntamente con el balance correspondiente, misma que firmarán los que intervengan en el caso. Esto se lleva a cabo en un plazo no mayor de un mes posterior a la elección del sucesor.
*El Administrador General entrega a su sucesor los fondos que haya al finalizar sus funciones según el estado de cuenta, los libros respectivos y todos los enseres pertenecientes a la Iglesia que sean para uso de la Administración General. Esta transferencia se hace ante el Obispo Presidente o una comisión nombrada por el mismo mediante inventario, haciendo constar en acta respectiva lo que entrega, juntamente con el balance correspondiente, misma que firmarán los que intervengan en el caso. Esto se lleva a cabo en un plazo no mayor de un mes posterior a la elección del sucesor.


== Atribuciones: ==
== Atribuciones: ==

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