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==DE CALIFORNIA A GUADALAJARA JALISCO CON LA UNCIÓN DEL ESPÍRITU SANTO == | ==DE CALIFORNIA A GUADALAJARA JALISCO CON LA UNCIÓN DEL ESPÍRITU SANTO == | ||
=== 1. Contexto | === 1. Contexto histórico en Guadalajara a la llegada del Evangelio === | ||
Esta región de Jalisco fue escenario de las rebeliones cristeras (1926-1929 y 1932-1933), que dejaron en muchas familias sentimientos de hostilidad y desconfianza contra un gobierno percibido como socialista, anticlerical y ateo (Meyer, 1973-1974). La Iglesia Católica Romana, siendo la de mayor influencia social, no ha sido suficiente para impedir el desarrollo de otras denominaciones religiosas. Desde fines del siglo XIX, y con el apoyo explícito del gobierno, aparecieron en Guadalajara varias iglesias evangélicas, dos de ellas, la bautista y la presbiteriana, las cuales han logrado congregaciones estables, y un poco de respeto y aceptación de la sociedad. (Morán, 1986). También fueron brotando grupos fundamentalistas y pentecostales, que ejercen especial atracción sobre los sectores más pobres. | |||
*Extracto del libro “Religión y política en los barrios populares de Guadalajara” Guillermo de la Peña y René de la Torre | |||
[[Archivo:Guadalajara_1930.jpg|170px|left|Guadalajara Antigua foto archivo hist. gdl]] | [[Archivo:Guadalajara_1930.jpg|170px|left|Guadalajara Antigua foto archivo hist. gdl]] | ||
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Seis años después, 26 de Octubre de 1932 emite otro decreto (No. 3742), en el cual indica cambios a las sanciones y establece una distribución para el desarrollo del ministerio de ministros Evangélicos y sacerdotes Católicos en los municipios del Estado de Jalisco de la siguiente manera: | Seis años después, 26 de Octubre de 1932 emite otro decreto (No. 3742), en el cual indica cambios a las sanciones y establece una distribución para el desarrollo del ministerio de ministros Evangélicos y sacerdotes Católicos en los municipios del Estado de Jalisco de la siguiente manera: | ||
Un ministro por cada veinticinco mil habitantes o fracción mayor a este número. Cuando el número es menor se fusionan varios municipios hasta aproximarse a la cantidad mínima requerida. Las sanciones eran cárcel de 36 horas y multas de $10.00 a $300.00 para los ministros y dueños de las casas que fueren sorprendidos realizando cultos sin el permiso a que refiere dicho decreto. Modifica el Artículo relativo el derecho de expropiación que tenía el Estado, excluyendo las casas habitación cuando su uso fuera este. | |||
=== 2. La naciente iglesia bajo la unción del Espíritu Santo sortea los obstáculos === | === 2. La naciente iglesia bajo la unción del Espíritu Santo sortea los obstáculos === |
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