Diferencia entre revisiones de «Secretaría de Administración General»

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Es la dependencia de la Iglesia Apostólica de la Fe en Cristo Jesús (IAFCJ)  encargada de administrar los recursos económicos, como también el trabajo de las oficinas generales y el sistema de contabilidad en particular de la asociación.
Es la dependencia de la Iglesia Apostólica de la Fe en Cristo Jesús (IAFCJ)  encargada de administrar los recursos económicos, como también el trabajo de las oficinas generales y el sistema de contabilidad en particular de la asociación.


== FUNCIONES: ==
 
== Funciones: ==
*Tiene a su cargo los fondos que se incrementan de los porcentajes de las iglesias, ofrendas misioneras, diezmos de obispos y miembros de la Mesa Directiva General de la Iglesia, y los demás que se acuerde que sean manejados por la Tesorería General.
*Tiene a su cargo los fondos que se incrementan de los porcentajes de las iglesias, ofrendas misioneras, diezmos de obispos y miembros de la Mesa Directiva General de la Iglesia, y los demás que se acuerde que sean manejados por la Tesorería General.
*Es la responsable de todos los fondos puestos bajo su cuidado.
*Es la responsable de todos los fondos puestos bajo su cuidado.
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*La entrega por inventario se realiza por el Obispo Presidente o una comisión nombrada por él mismo, haciéndose constar en el acta respectiva lo que se entrega, juntamente con el balance correspondiente, y deben firmar los que intervengan en el caso. La entrega física se realiza en un plazo no mayor de un mes posterior a la elección de su sucesor.
*La entrega por inventario se realiza por el Obispo Presidente o una comisión nombrada por él mismo, haciéndose constar en el acta respectiva lo que se entrega, juntamente con el balance correspondiente, y deben firmar los que intervengan en el caso. La entrega física se realiza en un plazo no mayor de un mes posterior a la elección de su sucesor.


=== ATRIBUCIONES: ===
== Atribuciones: ==


*El Secretario Administrador General vela porque los pastores y encargados de iglesias cumplan con el envío de los porcentajes correspondientes, y cuando haya negligencia u omisión, pedirá la intervención de los presbíteros o de los obispos de distrito.
*El Secretario Administrador General vela porque los pastores y encargados de iglesias cumplan con el envío de los porcentajes correspondientes, y cuando haya negligencia u omisión, pedirá la intervención de los presbíteros o de los obispos de distrito.
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*Cuando el Secretario Administrador General lo crea conveniente, podrá solicitar que los miembros de la Mesa Directiva General de la Iglesia, los obispos de distrito, los presbíteros o los pastores hagan la revisión de los libros que a juicio del Secretario Administrador General deben ponerse en orden, y especialmente cuando estén faltando al cumplimiento de sus deberes económicas. También puede practicar las auditorias que el Obispo Presidente le ordene.
*Cuando el Secretario Administrador General lo crea conveniente, podrá solicitar que los miembros de la Mesa Directiva General de la Iglesia, los obispos de distrito, los presbíteros o los pastores hagan la revisión de los libros que a juicio del Secretario Administrador General deben ponerse en orden, y especialmente cuando estén faltando al cumplimiento de sus deberes económicas. También puede practicar las auditorias que el Obispo Presidente le ordene.


'''NOTA:''' En la medida que aumentan los ingresos a la Secretaría de Administración General aumentan también los servicios que prestan las diferentes secretarías generales, el número de misioneros y evangelistas, así como las inversiones en templos y propiedades para el servicio de nuestra Iglesia.
'''Nota:''' En la medida que aumentan los ingresos a la Secretaría de Administración General aumentan también los servicios que prestan las diferentes secretarías generales, el número de misioneros y evangelistas, así como las inversiones en templos y propiedades para el servicio de nuestra Iglesia.


== Referencias bibliográficas: ==
== Referencias bibliográficas: ==

Revisión del 00:57 19 oct 2014

Es la dependencia de la Iglesia Apostólica de la Fe en Cristo Jesús (IAFCJ) encargada de administrar los recursos económicos, como también el trabajo de las oficinas generales y el sistema de contabilidad en particular de la asociación.


Funciones:

  • Tiene a su cargo los fondos que se incrementan de los porcentajes de las iglesias, ofrendas misioneras, diezmos de obispos y miembros de la Mesa Directiva General de la Iglesia, y los demás que se acuerde que sean manejados por la Tesorería General.
  • Es la responsable de todos los fondos puestos bajo su cuidado.
  • Realiza el registro de ingresos y egresos de cada uno de los fondos que se le encomienden, manejando éstos en cuentas bancarias mancomunadas, de ahorros o de cheques a nombre de la Iglesia, según determinen los acuerdos de la Mesa Directiva General, con la firma del Obispo Presidente o de la persona o personas que se convenga.
  • Realiza los gastos que son autorizados por acuerdo de las Convenciones Generales, Reuniones Episcopales, Reuniones de la Mesa Directiva General de la Iglesia, o por órdenes escritas del Obispo Presidente, quien en todo caso indica con toda claridad el motivo del gasto y de qué fondo se realice. No debiendo utilizar los fondos para ningún otro fin.
  • Es la responsable de que se extienda recibo por todas las cantidades que lleguen a la Administración General, que se hagan las anotaciones en los libros, y los depósitos del dinero en las cuentas bancarias correspondientes.
  • Rinde un estado de cuentas, certificadas por un contador ante las Convenciones Generales, Reunión Episcopal anual ordinaria y un informe económico cuantas veces el Obispo Presidente se lo demanda, entregando una copia de los mismos al Secretario General para su archivo.
  • Da curso a toda la correspondencia que competa, formando el archivo correspondiente.
  • Lleva un registro en el que se anota separadamente las contribuciones de cada distrito.
  • El Administrador General entrega a su sucesor los fondos que haya al finalizar sus funciones según el estado de cuenta, los libros respectivos y todos los enseres pertenecientes a la Iglesia que sean para uso de la Administración General.
  • La entrega por inventario se realiza por el Obispo Presidente o una comisión nombrada por él mismo, haciéndose constar en el acta respectiva lo que se entrega, juntamente con el balance correspondiente, y deben firmar los que intervengan en el caso. La entrega física se realiza en un plazo no mayor de un mes posterior a la elección de su sucesor.

Atribuciones:

  • El Secretario Administrador General vela porque los pastores y encargados de iglesias cumplan con el envío de los porcentajes correspondientes, y cuando haya negligencia u omisión, pedirá la intervención de los presbíteros o de los obispos de distrito.
  • Vela porque los miembros de la Mesa Directiva General de la Iglesia y obispos de distrito, hagan el envío de sus diezmos y demás porcentajes correspondientes.
  • Cuando el Secretario Administrador General lo crea conveniente, podrá solicitar que los miembros de la Mesa Directiva General de la Iglesia, los obispos de distrito, los presbíteros o los pastores hagan la revisión de los libros que a juicio del Secretario Administrador General deben ponerse en orden, y especialmente cuando estén faltando al cumplimiento de sus deberes económicas. También puede practicar las auditorias que el Obispo Presidente le ordene.

Nota: En la medida que aumentan los ingresos a la Secretaría de Administración General aumentan también los servicios que prestan las diferentes secretarías generales, el número de misioneros y evangelistas, así como las inversiones en templos y propiedades para el servicio de nuestra Iglesia.

Referencias bibliográficas:

  • Constitución 2012 de la IAFCJ.
  • El Exegeta de los años 1959, 1982 y 1987.
  • Mis Memorias 1998 del Hno. José Ortega.